
Nuevo revés para Caputo: la Justicia habilitó al municipio de Moreno a seguir cobrando las tasas en las boletas de luz y gas
La intendenta de Moreno Mariel Fernández logró un triunfo en la "batalla" que los jefes comunales K libran contra el gobierno de Javier Milei por el cobro de tasas municipales en los servicios públicos. La justicia federal le dio la razón al municipio y puso en suspenso la medida de Nación que había prohibido sumar impuestos locales en las tarifas de luz y gas.
En línea con el fallo que había avalado un reclamo de Pilar, el juez federal Adrián González Charvay, que subroga el juzgado federal de Moreno y es también titular del juzgado federal de Campana, suspendió la vigencia de la Resolución 2024-267 del Ministerio de Economía, encabezado por Luis Caputo, y le permitió a Mariel Fernández incluir tasas en las boletas de servicios de luz y gas.
El magistrado González Charvay detalló que la medida del gobierno afectaba la soberanía de Moreno. Por otra parte, remarcó que los ingresos de las tasas son esenciales para el mantenimiento del alumbrado público, el servicio eléctrico en edificios municipales y la inspección de las redes de gas, entre otros servicios.
La intendencia expuso que la resolución del ministro Caputo es inconstitucional e impacta en su capacidad de recaudar fondos. El magistrado le dio la derecha al planteo al asegurar que podría generar un "grave perjuicio": "Se trata de una situación urgente", manifestó.
La medida de Caputo contra los intendentes
El ministro de Economía, Luis Caputo, había anunciado que los municipios ya no podrán incluir impuestos en las facturas de servicios que envían a los usuarios.
"Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio", aseguró Caputo en un mensaje en su cuenta de X.